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"La Corte Suprema de Panamá no puede desoír al Sistema Interamericano de Derechos Humanos"

En noviembre de 2017 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió la Opinión Consultiva 24, respondiendo a una presentación del gobierno de Costa Rica, referida al derecho de las parejas de personas del mismo sexo a contraer Matrimonio civil, y al reconocimiento de la identidad de género de las personas del colectivo trans y no binarie. Tras la trascendente sentencia, Ecuador y Costa Rica avanzaron en la adecuación de su legislación doméstica. Otros países se resisten a cumplirla e incluso desafían al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, tal el caso de Panamá.


Según informa la Fundación Iguales LGBT de Panamá, el país se encuentra en espera de la decisión de la Corte Suprema de Justicia sobre la inconstitucionalidad de las normas que prohíben el matrimonio entre parejas del mismo sexo, aplazando hace años una decisión sobre tres casos en los que parejas casadas en el extranjero, que solicitan su registro bajo las leyes de Panamá, como legítimo derecho de todo ciudadano y ciudadana nacional.


Los mencionados casos advierten la inconstitucionalidad de la frase “entre un hombre y una mujer” contenida en el artículo 26 del Código de la Familia de la República de Panamá; la frase “las personas del mismo sexo” del artículo 34, numeral 1 del Código de la Familia de la República de Panamá y, el artículo 35 de la ley 61 de 2015 de la República de Panamá en su totalidad, el cual consagra que “se prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo.”


Esta formulación de la legislación doméstica contraviene lo dispuesto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la Opinión Consultiva OC24/17, que llama a todos los Órganos del Estado a realizar la debida adecuación de su legislación nacional para cumplir con el debido reconocimiento a la dignidad humana de parejas del mismo sexo y su derecho al matrimonio civil.


Sin embargo, a cuatro años de la OC24, pareciera que la Corte Suprema de Justicia está más cerca de desoír al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, que en avanzar hacia la ampliación de derecho para la población LGBT+, lo cual constituiría un hecho de enorme gravedad, y un antecedente muy peligroso para la vigencia de los derechos humanos en ese país.


Sobre esta situación Esteban Paulón, Director Ejecutivo del IPP LGBT+ y Presidente del Comité Ejecutivo de la red GayLatino expresó "vemos con enorme preocupación lo que está pasando en Panamá en materia de reconocimiento del derecho al Matrimonio civil para las parejas LGBT+, y la dilación de la Corte Suprema para resolver las cuatro demandas pendientes, en un sentido concurrente con lo dispuesto por la CIDH en la Opinión Consultiva 24 de 2017."


Asimismo agregó "más aún, de acuerdo a lo que informan las organizaciones locales, y versiones periodísticas provenientes del interior del alto tribunal, la Corte Suprema panameña estaría en camino a desoír a la CIDH, sentando un precedente muy grave que pone en riesgo los derechos y garantías de lesbianas, gays, bisexuales, trans, intersex y personas no binaries, no sólo en relación al ejercicio del derecho al Matrimonio y la identidad de género, sino en el ejercicio pleno de la ciudadanía, en sintonía con los principios de una sociedad moderna y democrática."


Para finalizar expresó "instamos a la Corte Suprema de Justicia de Panamá a fallar cuanto antes sobre las causas pendientes, cumpliendo el mandato Constitucional de garantizar la igualdad de las ciudadanas y ciudadanos panameños ante la ley, y en consonancia con lo resuelto por la CIDH. Las creencias personales o de fe de las y los servidores públicos no puede anteponerse frente al deber de impartir justicia. Es tiempo de que la Corte evite un conflicto internacional y de una vez por todas, como lo hicieron Ecuador y Costa Rica, y lo harán los demás países de la región, acate la sentencia de la OC24 y consagre la el derecho al Matrimonio para todas las parejas."


Luego de pasar por numerosas instancias dentro del Tribunal Electoral a las que la ley obliga, el diferendo está en manos del Magistrado Juncá, Magistrado Presidente del Tribunal Electoral, desde octubre de 2019.


Las causas pendientes de resolución

Las advertencias de inconstitucionalidad fueron presentadas por Carlos Ernesto González Ramírez, socio de la Firma Morgan & Morgan. La primera en nombre de Enrique Raúl Jelenszky Carvajal, ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia de Panamá en octubre de 2016.

En marzo de 2017 se presentó una segunda advertencia de inconstitucionalidad en nombre de Álvaro López Levy. Ambos procesos fueron acumulados en junio de 2017 y se encuentran por decisión del Pleno de la Corte Suprema de Justicia de Panamá.

Se presentó un tercer caso, esta vez de una pareja de mujeres lesbianas, Yamileth Garcés y Jessica Atkinson, en julio de 2017. Donde de igual forma se solicitó el registro del matrimonio, con la diferencia que se inició una demanda contenciosa administrativa de protección de los derechos humanos, la cual se solicita a la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia. Caso que tampoco se ha decidido.

Un cuarto caso se inició para registrar el matrimonio de Juan Alonso y su esposo Juan David Parra, casados en Colombia. La solicitud de registro de su matrimonio ha cumplido todas las instancias en el Tribunal Electoral, negándose dicha institución a su debido registro, basados en que es la Corte Suprema de Justicia quien debe hacer el debido Control de Convencionalidad y no dicha institución.


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